El TEDH admite a trámite nuestra demanda por inaplicación de la doctrina Saquetti


Resumen de los hechos
Nuestro cliente, funcionario de alto grado, fue sancionado disciplinariamente con una falta grave por unos hechos que defendemos que no cometió. Durante todo el procedimiento, tanto en vía administrativa como judicial, se le negó la oportunidad de defenderse, sufriendo un trato desigual, además de un juicio anticipado de culpabilidad. Esta situación le ocasionó un grave perjuicio personal (moral y patrimonial), y pone de manifiesto una cuestión de interés general: la insuficiencia del recurso de casación en España como mecanismo de revisión efectiva en materia sancionadora de naturaleza penal.
Claves de la demanda al TEDH
El núcleo de la demanda reside en la imposibilidad real de acceder a una segunda instancia judicial. En el sistema español, cuando el Tribunal Supremo resuelve en única instancia un recurso contra una sanción administrativa grave, como es el caso de nuestro cliente, no existe posibilidad de apelación ni de revisión plena, lo que contraviene los estándares exigidos por el TEDH.
La sentencia Saquetti Iglesias c. España declaró que España había vulnerado el derecho al doble grado de jurisdicción en materia penal al no permitir el acceso a una revisión judicial efectiva en casos de sanciones graves impuestas en única instancia por el Tribunal Supremo. Aunque el TEDH admite la excepción prevista en el art. 2.2 del Protocolo nº7 -cuando la condena la impone el último órgano judicial nacional-, en España esta excepción se ha convertido en la regla, privando sistemáticamente a los afectados de una revisión real de su condena.
En nuestro caso, la condena en única instancia por el Tribunal Supremo la dejó sin acceso a un recurso efectivo que permitiera revisar la sanción impuesta, en clara contradicción con el art. 13 CEDH y el art. 2 del Protocolo nº7. De este modo, contraviniendo la exigencia del propio TEDH que ha reiterado que el derecho a un recurso efectivo implica la posibilidad de obtener una revisión real y suficiente de la condena, no una mera formalidad procesal.
Relevancia social y jurídica del caso
Este caso trasciende el interés particular de nuestro cliente pues la admisión a trámite revela un interés por parte del Tribunal en examinar la aplicación de la doctrina Saquetti en nuestro ordenamiento jurídico, y en donde exponemos que aquella ha sido insuficiente. Quedará ver, en caso de que este asunto finalice mediante sentencia del TEDH, la postura que adopta el Tribunal y si considera suficiente la adaptación del sistema casacional de los últimos años.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite una demanda interpuesta por Castillo-Calvín Abogados en un asunto que evidencia las carencias del sistema español en materia de recursos efectivos y doble instancia, especialmente tras la doctrina emanada del propio TEDH en la Sentencia Saquetti Iglesias c. España.
Específicamente, se señalan los obstáculos aún presentes en nuestro sistema de casación, a pesar de la jurisprudencia desarrollada en nuestro país con ocasión de la citada sentencia del Tribunal de Estrasburgo.
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