El TEDH examina la falta de control judicial sobre las decisiones parlamentarias

demanda al TEDH
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite una demanda presentada por Castillo-Calvín Abogados en el caso Argemí Argelaguet y otros contra España (demanda n.º 3302/25), centrada en la falta de control judicial sobre la inadmisión de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) en el Parlamento de Cataluña. Esta decisión del TEDH sitúa bajo escrutinio la ausencia de mecanismos efectivos para revisar judicialmente ciertos actos parlamentarios, especialmente cuando afectan a derechos fundamentales como la participación política y la libertad de expresión.

La ILP, registrada el 28 de febrero de 2024, pretendía abrir un debate sobre el estatus político de Cataluña. Sin embargo, la Mesa del Parlamento catalán la rechazó el 18 de marzo alegando incumplimientos formales de la Ley 1/2006. Tras agotar las vías parlamentaria y administrativa, los promotores recurrieron en amparo ante el Tribunal Constitucional, única vía judicial disponible en estos casos. El recurso fue inadmitido el 23 de septiembre de 2024 por no apreciar “especial trascendencia constitucional”, sin entrar en el fondo de la vulneración de derechos alegada.

El núcleo de la demanda ante el TEDH no reside en la ILP en sí, sino en el vacío de garantías jurídicas que deja a la ciudadanía sin posibilidad real de impugnar decisiones parlamentarias que afectan a derechos fundamentales. Este caso plantea cuestiones esenciales sobre el alcance del derecho de acceso a la justicia, la efectividad de los recursos judiciales frente a decisiones de las cámaras legislativas y la necesidad de que existan mecanismos de revisión y control suficientes para proteger los derechos fundamentales en el ámbito parlamentario.

Un caso que puede marcar un antes y un después

La admisión de esta demanda es especialmente relevante, ya que solo una mínima parte de las demandas contra España son admitidas a trámite por el TEDH, lo que subraya la trascendencia del asunto.

Se abre pues un debate de fondo: ¿pueden las cámaras legislativas quedar al margen del control judicial cuando adoptan decisiones que limitan el derecho de participación política o la libertad de expresión de los ciudadanos?

El pronunciamiento del Tribunal Europeo permitirá analizar hasta qué punto los Estados están obligados a garantizar vías judiciales efectivas frente a decisiones parlamentarias que puedan limitar el ejercicio de derechos fundamentales, y podría sentar un precedente importante en la protección del pluralismo democrático y la participación ciudadana en España.

La jurisprudencia del TEDH hasta el momento ha sido clara: el derecho de acceso a un tribunal no puede vaciarse de contenido. La exigencia de “especial trascendencia constitucional” resulta desproporcionada cuando el recurso de amparo es el único cauce posible para proteger un derecho fundamental.

En definitiva, este caso abre la puerta a una posible revisión del sistema de control judicial sobre los actos parlamentarios en España, especialmente en lo relativo a la protección de los derechos fundamentales, y puede marcar un antes y un después en la tramitación de futuras iniciativas ciudadanas.

El mensaje es claro: en democracia, ni siquiera los parlamentos pueden quedar fuera del alcance del derecho a la tutela judicial efectiva.

El TEDH admite a trámite una demanda presentada por Castillo-Calvín Abogados que cuestiona la falta de control judicial efectivo sobre la inadmisión de una Iniciativa Legislativa Popular en el Parlamento de Cataluña, un caso clave para la protección de los derechos fundamentales y la participación ciudadana en España

Noticia publicada en Confilegal