Consultas sobre vulneración de derechos fundamentales
Respondemos a sus consultas sobre vulneración de Derechos Fundamentales y le asesoramos si necesita interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Consúltenos. Nos avalan 30 años de experiencia como abogados especialistas en recursos de casación, recursos de amparo y demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Nuestros abogados estudiarán de forma gratuita su caso, y pondrán a su disposición los mejores consejos y opciones legales.
El nuevo plazo de cuatro meses para recurrir al TEDH, contado desde que la resolución es notificada, entra en vigor el 1/02/2022, si bien únicamente es de aplicación a aquellas demandas en las que la última decisión firme adoptada por las autoridades internas se haya dictado a partir del 1/02/2022. Las resoluciones de fecha anterior, seguirán teniendo un plazo de seis meses.
El recurso de amparo debe presentarse en el plazo improrrogable de 3 meses (recursos de amparo parlamentarios), 20 días (recursos de amparo contra disposiciones o actos administrativos), 30 días (recursos de amparo contra resoluciones judiciales), 2 días (recurso de amparo sobre proclamación de candidatos y candidaturas), 3 días (recursos de amparo sobre proclamación de electos y de Presidentes de las Corporaciones Locales)
No todos los derechos recogidos en la Constitución Española se protegen a través del recurso de amparo constitucional. Únicamente los consagrados en los artículos 14 a 29 de la Constitución -derechos fundamentales-, más la objeción de conciencia del artículo 30.
La objeción de conciencia consiste en la negativa de un individuo a cumplir lo que exige una concreta norma del ordenamiento jurídico, al colisionar el cumplimiento de la norma legal con el respeto a un determinado valor moral que es percibido por la propia conciencia.
Los Tribunales ordinarios son, por tanto, los primeros garantes de los derechos y libertades en el ordenamiento jurídico. De esta manera, la tutela y defensa de esos derechos y libertades por parte del Tribunal Constitucional es siempre subsidiaria.
El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional se plantea frente a las violaciones de los derechos fundamentales y libertades públicas que sean originadas por disposiciones, actos, decisiones, resoluciones, omisiones o simple vía de hecho, de los poderes públicos del Estado, de las Comunidades Autónomas, así como de los demás entes de carácter territorial, corporativo o institucional, y de sus funcionarios o agentes.
La legitimación la tiene tanto quien es titular de un derecho fundamental o de una libertad pública como quien ha sido parte en el proceso judicial correspondiente, siempre que, en uno y otro caso, se invoque un interés legítimo en el asunto debatido.
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