El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional permite reaccionar frente a las violaciones de los derechos fundamentales y libertades públicas que sean originadas por disposiciones, actos, decisiones, resoluciones, omisiones o simple vía de hecho, de los poderes públicos del Estado, de las Comunidades Autónomas, así como de los demás entes de carácter territorial, corporativo o institucional, y de sus funcionarios o agentes.
Concretamente, el recurso de amparo puede interponerse contra las decisiones o actos de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, contra los actos o disposiciones de las Administraciones Públicas, contra las resoluciones de la Administración de Justicia y contra los actos y decisiones de la Administración Electoral.
También se puede interponer de forma “mixta” frente a actos o disposiciones de las Administraciones Públicas y de los Tribunales de Justicia, cuando éstos últimos hayan incurrido en una nueva lesión de un derecho o libertad al conocer de los recursos interpuestos contra los actos, decisiones o disposiciones de aquéllas.
En el recurso de amparo constitucional sólo puede pretenderse la preservación o el restablecimiento de lesiones concretas y efectivas de derechos o libertades. No es una vía adecuada, sin embargo, para efectuar juicios abstractos de inconstitucionalidad de normas o para garantizar, también en abstracto, la correcta aplicación de los preceptos de la Constitución que recogen y garantizan esos derechos fundamentales y libertades públicas.
Actos que se pueden recurrir en amparo
Si busca un abogado experto que le asesore en la tramitación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, consúltenos. Nos avala nuestro elevado porcentaje de éxitos en toda España tras 25 años de experiencia . Nuestros abogados estudiarán de forma gratuita su caso, y pondrán a su disposición los mejores consejos, alternativas y opciones legales.
Infórmese gratis